Compraventas, Donaciones y Permutas

COMPRAVENTAS

 

El contrato de compraventa es aquel por virtud del cual uno de los contratantes, llamado vendedor, se obliga a transmitir al otro, llamado comprador, y éste a su vez, se obliga a pagar por ello un precio cierto y en dinero.

 

DONACIONES

 

El contrato de donación es aquel por virtud del cual uno de los contratantes, llamado donante, transmite, en forma gratuita, una parte de sus bienes, a otra parte, llamada donataria quien acepta dicha liberalidad

 

PERMUTAS

 

El contrato de permuta es aquel por virtud del cual los contratantes, llamados permutantes, se obligan a darse un bien a cambio de otro.

 

 

 

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

 

*Llenar el formato.

 

*Título de propiedad en original con sello de inscripción del Registro Público de la Propiedad.

*En caso de que se hayan edificado construcciones posteriormente en el inmueble, se requiere el original de la Licencia de Construcción y Aviso de Terminación de Obra, emitidos por las autoridades correspondientes.

 

*Boletas del impuesto predial y Boletas de derechos por servicio de agua de los cinco años anteriores a la fecha de la operación debidamente pagados.

 

*Manifestar si el inmueble objeto de la operación se encuentra dado en arrendamiento o que uso tiene actualmente.

 

*Acta de matrimonio, en caso de ser casado.

 

*Si la venta es otorgada por una persona moral, anexar el o los documentos con que acredita sus facultades.

 

*Identificación oficial con fotografía.

 

 

 

 

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